4.12.12

Propuesta de acuerdo municipal para la declaratoria de “Grecia cantón libre de cultivos transgénicos”


            El Concejo Municipal de Grecia, considerando:

1.       Que históricamente los habitantes del cantón de Grecia han demostrado tener una gran sensibilidad por los asuntos ambientales, por lo que  destaca el reconocimiento público de “Grecia, como ciudad limpia y amante de la paz”.

2.        Que este Concejo Municipal y la Alcaldía han demostrado estár comprometidos con los temas ambientales, entre los que se destaca la implementación de un centro de acopio de residuos recuperables y las acciones para tratar de alcanzar la Carbono Neutralidad en este cantón.
3.       Que la biodiversidad es un tema muy importante y se protege en el cantón de Grecia en sus áreas silvestres, pero también es importante la protección de la biodiversidad en los campos de cultivo, en particular la relacionada con la seguridad alimentaria.
4.       Que existe interés por parte de grandes compañías transnacionales de interesadas en que la humanidad utilice los cultivos transgénicos, cuyas particularidades biotecnológicas tienen derechos de propiedad intelectual.
5.       Que en el mundo y en Costa Rica, muchas comunidades se han manifestado en contra de los cultivos transgénicos, tanto por sus efectos desconocidos sobre la salud humana, el impacto en las variedades locales y la biodiversidad en general, y el impacto en los pequeños agricultores.
6.       Que falta mucha evidencia científica en cuanto a la inocuidad de los cultivos transgénicos, en particular para la salud humana y que esta falta de conocimiento científico hace necesaria la aplicación del principio universal de indubio pro natura.
7.       Que la presencia de cultivos transgénicos podría alterar la genética de las plantas silvestres y cultivadas, permitiendo la inserción de nuevos genes en estas poblaciones, material genético que podría formar parte de la propiedad intelectual de las empresas de biotecnología.
8.       Que debido a lo anterior, los agricultores se expondrían a una mayor dependencia, así como a denuncias legales por parte de los dueños de esta tecnología, como ya está sucediendo con agricultores de otros países donde se cultivan plantas transgénicas.
9.       Que la presencia de material transgénico podría tener un efecto negativo sobre el valor de la tierra al estar contaminada con este tipo material.  Un campo que haya sido sembrado con transgénicos difícilmente podrá “limpiarse”, especialmente si se trata de cultivos cuyas semillas caen o permanecen en el suelo, como es el caso de los cereales.
10.   Que el uso de cultivos transgénicos implica un riesgo ecológico y genético para uno de los recursos más valiosos de nuestro país como lo es su biodiversidad, no solo desde el punto de vista económico, sino también de sobrevivencia para las generaciones actuales y futuras.
11.   Que los mismos promotores de los cultivos transgénicos aceptan que es una tecnología que conlleva riesgos de diversa naturaleza, aunque por otro lado los minimizan y tratan de justificar, haciendo caso omiso de las evidencias negativas reales que se vienen presentando.
12.   Que la tecnología de cultivos transgénicos, además de que tiende a disminuir la oferta de productos para la alimentación, es excluyente para los pequeños agricultores, quienes se verán obligados al pago del material genético con derechos propiedad intelectual, cuando sus cultivos se hayan contaminado con este material por causas naturales (insectos, viento, otros).
13.   Que el cantón de Grecia ha surgido económica y socialmente gracias a la democratización de la economía debido a la gran cantidad de pequeños agricultores y que es deber de esta Municipalidad propiciar las mejores condiciones para que puedan seguir haciendo uso de la tierra de la menor manera posible, y los cultivos transgénicos podría ser una amenaza para ellos.

Acuerda:
1.       Declarar el cantón de Grecia como un  territorio agroecológico libre de cultivos transgénicos, cualquiera que sea su especie o variedad vegetal, lo cual implica la prohibición de uso de semillas, esquejes o afines, que tengan dentro de su material genético original, genes de organismos distintos a los de su propio género botánico (sensu stricto).
2.       Comunicar el presente acuerdo a la Dirección Regional de Ministerio de Agricultura , al Centro Agrícola Cantonal, a la Cámara de Productores de Caña del Pacífico, al Instituto del Café, a la Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar, a la Unión de Pequeños Agricultores, a la Cámara de Exportadores de Piña, y demás organizaciones que a juicio de la Alcaldía considere convenientes.

Propuesta del Movimiento Cívico Griego
Redactó M.Sc. Alberto Hamer Salazar R., Biólogo
Con la asesoría de M.Sc. Elida Vargas, Genetista.