8.12.12

La UNA dijo NO!

6 de diciembre del 2012 SCU-2417-2012 Señores Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad Servicio Fitosanitario de Estado Ministerio de Agricultura y Ganadería

Estimados señores: Para su información y para los efectos consiguientes, me permito transcribir el acuerdo tomado por el Consejo Universitario de la Universidad Nacional,  según el ARTÍCULO III, INCISO IV, de la sesión ordinaria celebrada 6 de diciembre del 2012, acta No. 3281, que dice: PRONUNCIAMIENTO DEL CONSEJO UNIVERSITARIO Y DEL CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL

Aprobación de siembra de 35 hectáreas de variedades de maíz transgénico (Maíz MON-88017, Maíz MON-89034, Maíz MON-603 y Maíz MON-00863-5) en la provincia de Guanacaste, Costa Rica

CONSIDERANDO:

1. La preocupación externada por diversos sectores civiles, profesionales, académicos y estudiantiles de Costa Rica en relación con la  solicitud presentada por la Empresa de Semillas del Trópico y DPL Semillas ante la Unidad de Organismos Genéticamente Modificados del Servicio Fitosanitario del
 Estado, para que se apruebe la siembra de 35 hectáreas de variedades de maíz transgénico (Maíz MON-88017, Maíz MON-89034, Maíz MON-603 y Maíz MON-00863-5) en la provincia de Guanacaste.

2. Que la oposición contundente a esta aprobación se fundamenta en las siguientes razones objetivas, científicas, técnicas y culturales:

A. Riesgo de contaminar los genes del maíz criollo.  En el "Estudio de la diversidad genética y determinación de flujo de genes histórico entre el arroz cultivado O. sativa y silvestre O.glumaepatula en Costa Rica" (Muñoz y  colaboradores, 2009. Proyecto UCR – LAC Biosafety: Bioseguridad en el cultivo de arroz en Costa Rica), se demostró evidencia indirecta sobre la posibilidad de flujo génico entre el arroz genéticamente modificado y el arroz silvestre.
 Este problema podría ser replicado en el caso del maíz, que al ser una planta de polinización abierta se incrementan los riesgos de que los genes de los transgénicos se mezclen con los del maíz criollo y mejorado que se cultiva en el país.

B. Otros riegos ambientales asociados. A partir de los primeros cultivos transgénicos, Rubens Onofre (Revista Perú Med Exp Salud Pública.  2009; 26(1):74-82) afirma que “varias universidades americanas alertaron sobre riesgos ambientales, como son:  la creación de nuevas plagas y plantas invasoras,aumento de las plagas ya existentes por medio de la recombinación genética
 entre la planta transgénica y otras especies filogenéticamente relacionadas;producción de substancias que son o podrían ser tóxicas a organismos no blancos; efecto disruptivo en comunidades bióticas y el desperdicio de valiosos recursos genéticos, seguido de contaminación de especies nativas con
 características originadas de parientes distantes o de especies no relacionadas; efectos adversos en procesos de los ecosistemas; origen de sustancias secundarias tóxicas después de la degradación incompleta de químicos peligrosos; efecto adverso en los procesos ecológicos y desaprovechamiento de recursos biológicos de alto valor.”

C. Los riesgos de afectación de la salud humana por consumo de alimentos  transgénicos, reportada  en temas como reacciones alérgicas y resistencia a los antibióticos  entre otros, (Herbert, M.R. 2003. “Los efectos a la salud del consumo de alimentos transgénicos”. En: Bejarano, F.; Mata, B. (eds.).
 Impactos del libre comercio, plaguicidas y transgénicos en la agricultura de América Latina. Editorial Futura: Texcoco, Estado de México, México. p. 213-218.).  En cuanto a los genes que producen toxinas (Cry) provenientes de la bacteria Bacillus thuringensis (Bt) transferidos al maíz, Sagstad et al. (J.Fish Dis. 2007; 30(4):201-12), encontraron que salmones alimentados con maíz MON-810 presentaron una gran proporción de granulocitos, aumento somático de los monocitos, con una menor proporción de linfocitos; cambios en las actividades de las proteínas de estrés y cambios en las poblaciones de leucocitos asociados con la respuesta inmune”.

D. Importancia ancestral vigente del maíz criollo. El maíz es un cultivo autóctono de nuestros pueblos indígenas, con un legado cultural y alimentario en todo el territorio de Costa Rica, que lo ha convertido en un elemento esencial y de alto valor nutritivo  en la dieta de los costarricenses.
 Actualmente es de mucho interés, tanto para consumidores como para los agricultores, el rescate de las variedades de maíz criollo y mejorado que puedan asegurar una alimentación más natural, saludable y sostenible.
 Adicionalmente, se reconoce en el maíz a un alimento con una importante herencia de diversidad genética, la cual podría verse contaminada con los genes de los transgénicos, y consecuentemente podría afectar negativamente la inocuidad del maíz y la seguridad alimentaria de nuestros pueblos. Es evidente que en este caso debería privar el interés por los agricultores y consumidores, antes de favorecer intereses particulares de unas pocas empresas.

E. Eventuales perjuicios económicos para los agricultores locales.  La siembra de maíz transgénico y los mecanismos particulares de propagación podría poner en riesgo la mezcla de estas semillas locales, por eventuales reclamos económicos por uso de semillas patentadas por empresas transnacionales.

3. Por todo lo expuesto con anterioridad, es criterio de este Consejo Universitario que aunque a nivel internacional exista polémica sobre los riesgos ambientales y de salud pública asociados a los cultivos transgénicos, claramente se denota que existen dudas razonables, con evidencia científica
 que las respalda, que en forma ineludible nos deberían llevar a la aplicación del principio precautorio que subyace en los artículos 21 y 50 de nuestra Constitución Política. Principio que debe privar cuando lo que está en juego es un posible daño al medio ambiente o la salud pública. Por lo anterior, los riesgos asociados a los cultivos transgénicos que se citan, son suficientes para  justificar la adopción de una medida de protección, que evite el ingreso de éstos al país.

4. También, es necesario recordar que todo funcionario o servidor público, en cuanto participa en la dirección, manejo y gestión de los asuntos públicos, en todo momento debe ajustar sus decisiones a los criterios técnicos y los mandatos jurídicos  y  éticos que le son obligatorios.

PRODUCTO DE LO ANTERIOR, LA UNA, ATENDIENDO EL COMPROMISO SOCIAL QUE LA CREO Y FUNDAMENTA, ACUERDA:

A. SOLICITAR DE MANERA VEHEMENTE A LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN TÉCNICA
 NACIONAL DE BIOSEGURIDAD, NO APROBAR LA SIEMBRA DE LAS VARIEDADES TRANSGÉNICAS DE MAÍZ SOLICITADAS POR LAS EMPRESAS SEMILLAS DEL TRÓPICO Y DPL SEMILLAS, ASÍ COMO DENEGAR CUALQUIER OTRA SOLICITUD DE ESTA ÍNDOLE EN EL FUTURO.

B. PÚBLIQUESE.

C. ACUERDO FIRME.   Atentamente, CONSEJO UNIVERSITARIO

 Sandra León CotoPresidenta

LSR/w/misdoc/acuerdo/2417-2012  pronunciamiento de maíz  transgénico

C:      Rectoría
         Contraloría Universitaria
         Asesoría Jurídica
         Gaceta