10.5.07

Mercaderes de la biodiversidad promueven texto sustitutivo de obtenciones vegetales

El día 26 de abril en la Comisión Permanente de Asuntos Agropecuarios, una vez más se quiso tender una “emboscada” a quienes de manera democrática, consciente y fundamentada han mantenido una posición seria en defensa de nuestros agricultores y sus derechos a utilizar las semillas en sus campos, como lo han venido haciendo por generaciones, oponiéndose a la aprobación del proyecto de ley de Obtenciones Vegetales.

El nuevo texto que propone el COMEX para la Ley de Obtenciones Vegetales Elimina cualquier referencia a la necesidad de cumplir con la Ley de Biodiversidad, la Ley de Agricultura Orgánica y el CDB. Elimina la prohibición que habíamos incorporado de dar protección a variedades que utilicen tecnologías de restricción del uso genético o cualquier otra que pueda afectar la diversidad genética de los cultivos.

Elimina la referencia limitada que había sobre la consulta obligatoria a CONAGEBIO. En cuanto al mal llamado "privilegio del agricultor" (artículo 22) elimina la norma que lo limitaba a pequeños y medianos productores, pero reduce considerablemente los alcances de la excepción. Antes abarcaba comercialización del producto de la cosecha: "La producción que se obtenga de esta explotación podrá ser vendida por el agricultor sin restricción, siempre que no sea para comercializarla como semilla."

Ahora ya no, lo que hace suponer que quieren limitar esta excepción solo para actividades de autoconsumo. Restablece la norma que excluye de esta excepción las variedades frutícolas, ornamentales o forestales. Es decir, de acuerdo con esta Ley, el "privilegio del agricultor" no existe cuando se trate de tales variedades. Introduce todo un nuevo capítulo sobre sanciones que nos aclara las consecuencias perversas de esta Ley.

Es cierto que mantiene la eliminación de la pena de cárcel. Pero eso no quiere decir que sea nefasto para los agricultores: Permite imponerles multas que pueden llevarlos a la quiebra, que les decomisen los cultivos, que les prohíban exportar, que les suspendan la siembra, etc. Todo esto se puede hacer como medida cautelar es decir, sin juicio previo y sin que ni siquiera le tengan que dar derecho de defensa al afectado. Para rematar se puede decretar la destrucción de las variedades "falsificadas" (¿?) O sea, la destrucción de alimentos, de comida, en este país donde hay gente con hambre...