1.6.23

Gestión institucional de los plaguicidas en el país a la deriva sentencia la Contraloría



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MAG no podría seguir emitiendo decretos unitariamente sino coordinadamente

 Como hemos estado viendo en los últimos días: cargamentos contaminados de melones devueltos de Europa, reportajes internacionales,  la contaminación el agua de Cartago y Río Cuarto, Escuelas y la niñez fumigadas en la Zona Norte,  productos agrícolas con restos de venenos que superan el límite permitido en las ferias del agricultor y uno de los agroquímicos más mortíferos de las abejas sin ninguna prohibición, son evidencias de la falta de planes  para el control y fiscalización del uso de plaguicidas para actuar de forma preventiva y no reactiva, como evidencia un reciente informe de la Contraloría General de la República.

Según el informe N.º DFOE-SOS-IAD-00002-2023 los ministerios no coordinan de oficio esas labores y solo reaccionan a desastres ambientales, es decir con todos los eventos de emergencia que se intensifican año con año y no hay planes para prevenir contaminación con plaguicidas.

La contraloría también recuerda que Costa Rica es uno de los países con mayor consumo de plaguicidas según datos de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Otro aspecto importante que deja ver el informe es la división que hay entre el bloque de ministerios de Salud, Ambiente y el MAG, pues si bien los primeros sugieren prohibiciones el MAG veta, atrasa y cuestiona todas las sugerencias del ambiente y la Salud, como ha sido evidente en el caso de fipronil que no ha sido prohibido su uso agrícola como determinaron informes técnicos que la Sala constitucional mandó a pedir. El MAG amparado en que el uso agrícola es su competencia de dedica no hacer nada y justificarlo de manera muy detallada.  Esto también se evidencia, una vez más, en un reciente informe emitido por los equipos técnicos del Ministerio de Salud, el MINAE y AYA, donde recomiendan la prohibición del clorotalonil, pero el MAG continúa guardando silencio, con tal de seguir manteniendo el peligroso plaguicida en el mercado y en el agua de la tubería en Cartago.

La contraloría asegura que la coordinación institucional: “Es importante recalcar que mediante el control se pueden detectarse causales de cancelación del registro de plaguicidas y sacar de circulación aquellos que, por ejemplo, aún utilizados bajo las recomendaciones de uso, representan un riesgo inaceptable para la salud, el ambiente y agricultura; son ineficaces para todos los usos aprobados por el SFE;  o bien cuando por razones de afectación a la salud o al ambiente, se encuentran prohibidos en el ochenta por ciento de países de la OCDE o el producto registrado por la modalidad de homologación es cancelado o desautorizado por la autoridad reguladora del país miembro OCDE” ( pg. 18).

Esto último sería un paso muy importante porque el interés comercial de los vendedores de venenos y transnacionales es inscribir usando el registro europeo, pero cuando se habla de prohibir moléculas usando el mismo criterio y para lo cual hay normativa vigente ha sido hasta ahora imposible de aplicar. Es decir, lo que es bueno para el ganso debe ser para la gansa, pero sabemos que somos el basurero de productos prohibidos en Europa porque tiene un gran margen de ganancia para los que lucran a costa del ambiente y la salud pública.

La disposición final del informe ordena a las personas jerarcas de MINSA, MINAE y MAG “Definir, oficializar, divulgar e implementar de forma conjunta, la política que seguirá el país en cuanto a la gestión de los plaguicidas y los patrones de uso en Costa Rica en el corto mediano y largo plazo, que direccione el actuar de las instituciones competentes en la materia hacia un propósito común y de forma coordinada. Dicha política deberá incorporar objetivos, metas, actividades, roles, responsabilidades y seguimiento, con el fin de proteger el ambiente, la salud humana y la seguridad alimentaria”.

Informe completo en:

https://cgrfiles.cgr.go.cr/publico/docs_cgr/2023/SIGYD_D/SIGYD_D_2023007921.pdf