Actualmente, la Comisión de Ambiente de la
Asamblea Legislativa discute sobre su ratificación y para ello, solicitó el criterio a la Red de Coordinación en
Biodiversidad (RCB), miembro de FECON, con un asiento en la Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad de Costa Rica (CONAGEBIO). La RCB emitió el voto negativo con respecto
al Protocolo de Nagoya (PN) el 14 de agosto del año pasado (ver criterio
completo).
En nuestra comparecencia ante la Comisión,
señalamos: “que el Protocolo no ha sido
consultado a la población indígena tal como lo exigen algunos los tratados
internacionales, a pesar de que esta comisión está casi a las puertas de
dictaminarlo” (Ver segundo
criterio).
Para los ecologistas, el PN no cumple con
los objetivos de defender los recursos genéticos y el conocimiento asociado a
ellos, ni tampoco significa un respaldo para Costa Rica ni a nuestra Ley de
Biodiversidad, frente a los Tratados de Libre Comercio. Su ratificación
implicaría compromisos económicos y diplomáticos para el país, que no tendrían
una contraparte en el fortalecimiento de la legislación aplicable para la
defensa de la biodiversidad.
El PN Abre el portillo para que los
recursos de la biodiversidad, considerados de dominio público en Costa Rica, queden
sujetos a mecanismos internacionales de solución de controversias como si
fueran simples bienes patrimoniales del dominio privado (Por ejemplo: Caso
Crucitas, Harken, entre otros). Además, no resuelve la brecha entre países
desarrollados y subdesarrollados, ni aborda el caso de los recursos de la
biodiversidad que ya han sido transferidos hacia países del primer mundo.
El texto del Protocolo fue elaborado final
y apresuradamente por un pequeño grupo, y se aprobó contra tiempo luego de más
de seis años de negociaciones sobre el tema. Por ello, este texto no refleja
las preocupaciones que se habían venido planteando en todo ese tiempo,
principalmente por el Grupo de Países Megadiversos, sobre la obligatoria la presentación del certificado de
origen para tener acceso a la biodiversidad. El Protocolo de Nagoya desechó
esta posibilidad y, al hacerlo, se convierte en un instrumento débil y sin
mecanismos concretos para asegurar la protección de la biodiversidad, los
objetivos del CDB y del mismo Protocolo.
Los Países Megadiversos, establecieron
durante todo el proceso de negociaciones sobre el acceso y la distribución de
beneficios, que unas disposiciones de cumplimiento débiles resultarían en un
Protocolo insignificante e inaceptable.
Los mecanismos de ejecución del Protocolo
dependen de la voluntad y posibilidades de cada país. Si esa voluntad existe,
Costa Rica puede cumplir con lo que establece el CDB sin necesidad de suscribir
un nuevo acuerdo internacional que se convierte en una apuesta en el vacío, a
favor de un Tratado que dejó conscientemente, importantes los términos aspectos sin abordar.
El ingreso a las comunidades y la participación en los beneficios que se
obtengan de la biodiversidad afecta
directamente a los pueblos indígenas, y por lo tanto, el Protocolo de Nagoya
debe ser consultado bajo el procedimiento establecido en el Convenio 169 de la
OIT. La Asamblea Legislativa no puede
ignorar esta obligación, bajo el riesgo de incumplir compromisos nacionales e
internacionales ya asumidos.
El Protocolo de Nagoya no proporcionaría
certidumbre legal a las comunidades ni a los países que poseen la biodiversidad
y el conocimiento asociado, y más bien debilitaría los esfuerzos nacionales de
implementación del CDB. Por último, es importante comentar que al 1° de octubre
el presente año, después de dos años de
haber sido aprobado este Tratado, sólo había sido ratificado por 25 países de los 50 que hacen falta para entrar
en vigencia. Por todo esto, los ecologistas invitaron a los señores y señoras diputadas a NO ratificar este convenio y menos, sin haber
ejecutado el proceso de consulta a los pueblos indígenas.