Considerando que:
-La
misión del Instituto Regional de Estudios en Sustancias Tóxicas de la
Universidad Nacional (IRET), es
contribuir con el desarrollo sostenible y la calidad de vida de la región
centroamericana, a través de la evaluación y la búsqueda de soluciones a los
problemas asociados con el uso de sustancias tóxicas en el ambiente, la salud y
el desarrollo. El IRET investiga y apoya aquellas acciones que respondan a la
seguridad social y ambiental en el campo y protejan la seguridad alimentaria de
las poblaciones.
-La
mayoría de cultivos transgénicos tienen características de resistencia al
herbicida glifosato y de producción propia de sustancias tóxicas como el Bacillus thuringiensis; esto induce al
uso indiscriminado de herbicidas y a una constante exposición de plaguicidas a
organismos no plaga, propios de la rica biodiversidad costarricense.
-El
sistema de cultivo transgénico provoca una alta dependencia externa de los
productores a insumos importados, e implica un sometimiento a las compañías productoras de semillas y dueñas de los
genes. Al ser ilegal la conservación de semillas de la cosecha para sembrar el
ciclo siguiente, se socavan los derechos fundamentales y ancestrales de los
campesinos.
-Los
cultivos transgénicos son monocultivos donde se busca la reducción de la
biodiversidad, la destrucción de plantas arvenses refugio y alimento de
insectos benéficos, polinizadores, depredadores y parasitoides de plagas, y
crean un desequilibrio en los agroecosistemas haciéndolos más dependientes a un
alto uso de plaguicidas.
-Las
solicitudes recientes de la compañía Delta & Pine, filial local de la
empresa multinacional Monsanto, pretenden liberar al ambiente en las
localidades de Upala (Alajuela) y Cañas (Guanacaste), las siguientes variedades de maíz: MON-88017,
MON-603 (= NK-603), MON 863, y MON 89034 con tolerancia al herbicida glifosato
y a insectos de los órdenes Coleoptera y Lepidoptera.
-Existen
numerosos cuestionamientos sobre la inocuidad alimentaria de estas variedades
de maíz transgénico, la toxicidad
crónica del herbicida glifosato y la inevitable contaminación genética que se
daría si se liberan al ambiente estas variedades de maíz genéticamente
modificado.
-No
existen a la fecha medidas de bioseguridad regulatorias efectivas para evitar
el riesgo de este tipo de contaminación genética, ni maneras de corregir sus
consecuencias negativas, especialmente en un cultivo como el maíz donde el
polen puede viajar grandes distancias.
-El
maíz tiene polinización cruzada, esto provoca un flujo de genes entre plantas,
cultivos y regiones; posibilita el paso
descontrolado de genes modificados de una especie a otra, y pone en peligro la
biodiversidad, fundamental para mantener una efectiva seguridad y soberanía
alimentaria.
-El
maíz, como otros cultivos y semillas, es un recurso de posesión y manejo
ancestral que debe ser protegido y conservado.
Su alteración y contaminación puede ocasionar pérdida de biodiversidad y afectación cultural de las poblaciones
involucradas.
-La
decisión del 21 de enero de la Comisión Nacional Técnica de Bioseguridad de
Costa Rica (CNTBiot) y del Servicio Fitosanitario del Estado, de permitir la
siembra de maíz genéticamente alterado, omite el pronunciamiento de múltiples
sectores de la sociedad costarricense e ignora las implicaciones y los riesgos
potenciales sobre el ambiente y la población en general. El Ministerio de Agricultura y Ganadería
(MAG) no ha realizado las consultas y los estudios necesarios en aras de
fomentar y proteger la agrobiodiversidad nacional.
-Las
empresas dueñas de las semillas transgénicas no han demostrado la seguridad en
cuanto al impacto ambiental, en salud, social y económico del cultivo de esas
variedades, independientemente sean para producción de semilla, consumo animal
o humano.
-No
existe consenso científico sobre los riesgos e impactos en la salud humana; por
tanto, es necesario apelar a la implementación del principio precautorio, de
los artículos 21 y
50 de nuestra Constitución Política, principios que deben privar cuando se pueda dar un posible daño al medio ambiente o a la salud pública.
50 de nuestra Constitución Política, principios que deben privar cuando se pueda dar un posible daño al medio ambiente o a la salud pública.
-El
artículo 170 de la Constitución de la República reafirma la autonomía
municipal, al 12 de marzo pasado 51municipios o el 63% del total de los
cantones del país, se han declarado
territorios libres del ingreso de cultivos transgénicos.
-El
artículo 50 de nuestra Carta Magna establece el derecho a un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado y Costa Rica ha firmado convenios internacionales
comprometiéndose a la protección y conservación de la biodiversidad.
MANIFESTAMOS:
-Nuestro
interés y derecho a definir y contribuir al modelo de desarrollo agrícola en
aras de construir una Costa Rica con sostenibilidad ambiental, socialmente
justa y ecológicamente sustentable, mediante el uso de los recursos de manera
racional sin comprometerlos para las generaciones futuras.
-Nuestra
obligación y compromiso con el fomento
de la agroecología, en la promoción de una agricultura de alimentos sanos, sin
semillas patentadas, sin agroquímicos ni transgénicos. Así mismo, con el estímulo de formas de producción sostenibles,
a la preservación de la cultura y de las semillas nativas o ancestrales y de
los propios agricultores.
-Nuestra
preocupación de que la siembra de cultivos transgénicos traiga como
consecuencia la aparición de organismos resistentes a antibióticos, herbicidas
e insecticidas, y se convierta en una espiral de uso y dependencia creciente de
los plaguicidas como única forma de control de plagas.
-Nuestra
oposición a la siembra de cultivos transgénicos en territorio costarricense y
solicitud de revocatoria de la decisión tomada por la CNTBiot y el SFE para la
siembra de variedades de maíz transgénico.
-Solicitar
una moratoria al Gobierno de la República a la siembra de cultivos
transgénicos, hasta que se garantice que su uso no afecta negativamente el
ambiente, la biodiversidad, la salud y el derecho humano a la soberanía y
seguridad alimentaria.
-La
urgencia de evitar y romper la dependencia de uso de granos transgénicos en la
agroindustria nacional. La soberanía alimentaria debe de ser fortalecida
mediante políticas participativas y seguras que velen por el cultivo de granos
básicos y la sostenibilidad de la agrobiodiversidad existente.
-Reiterar
a la comunidad nacional en general, la disposición del IRET a colaborar, por
medio de proyectos de investigación y extensión, en la realización de estudios
que permitan tener insumos para tomar las decisiones más correctas en beneficio
de Costa Rica.
ACUERDO FIRME 081-2013.
Atentamente,
Dra.
Luisa E. Castillo Martínez
Presidenta
Consejo Académico
IRET-UNA