15.1.24

Municipalidad de Talamanca ignora disposiciones de la Sala Constitucional e insiste que Plan Regulador Costero sigue vigente a pesar de no contar con todos los elementos exigidos por Ley



  • La Asociación de Desarrollo Integral del Territorio Indígena Bribri de Këkoldi (ADITIK), recibe en sus instalaciones a funcionarios de la Municipalidad de Talamanca para tratar temas relacionados a la Anulación de la Audiencia del Plan Regulador Costero de Talamanca (PRC).
  • Vocero de la Municipalidad de Talamanca insiste en que PRC no está anulado y afirma al INVU e ICT que continuarán con hoja de ruta sin realizar una consulta indígena apropiada según lo establecido por Ley.
(Asociación de Desarrollo Integral del Territorio Indígena Bribri de Këkoldi ,Bloqueverde, Covirenas Caribe Sur,Talamanca, 15 de enero del 2024 ) En diciembre 2023, la Sala emitió 4 resoluciones de relevancia que terminan por anular el PRC impulsado por la Municipalidad de Talamanca a tan sólo dos meses de su publicación. A inicios de diciembre se resuelve el recurso de amparo presentado por la ADITIK denunciando la no participación del territorio indígena Këkoldi en el proceso de elaboración y consulta del instrumento de ordenamiento territorial. La resolución 2023-031756 ordena la anulación de la audiencia pública celebrada el 04 de agosto del 2023 y le da a la Municipalidad un plazo de 3 meses para convocar a nueva audiencia.

Adicionalmente, mediante la respuesta a la solicitud de adición y aclaración presentada por el Alcalde Municipal, el Tribunal Constitucional aclara sobre la nulidad de los actos posteriores a la audiencia pública y qué dependen de ella que “la consecuencia del dictado de la sentencia N° 2023-031756 de las 09:30 horas del 07 de diciembre de 2023, fue precisamente la anulación de la audiencia pública llevada a cabo el 04 de agosto de 2023, por lo que el trámite debe retrotraerse a ese momento del procedimiento del plan regulador costero”, según consta en la resolución número 2023-033104. Pese a esta resolución, el Gobierno Local se rehúsa a tomar las medidas administrativas legalmente adecuadas y mantiene en suspenso un PRC con un vicio de nulidad grave que de no arreglarse implicará aún más desorden a nivel territorial para los habitantes del Caribe Sur.


El pasado 10 de enero del 2024, representantes de la Municipalidad de Talamanca y la ADITIK se reunieron en las instalaciones del salón comunal del territorio Indígena con el fin de atender la solicitud del Gobierno Local de presentar su propuesta para atender lo ordenado por la Sala Constitucional. Entre los representantes de la Municipalidad se encontraban presentes Enrique Joseph, enlace del Plan Regulador; Yahaira Mora Blanco, la presidenta del Concejo Municipal; Jorge Molina Polanco, Regidor, entre otros; así como la Junta Directiva de la ADITIK y asesores.


Durante la reunión, la Municipalidad expuso una hoja de ruta elaborada por la Comisión Técnica de otorgamiento de concesiones y la Comisión del Plan Regulador. Cabe destacar nuevamente la insistencia de esta Municipalidad por entregarle a la ADITIK información desactualizada y descontextualizada por no haber sido el territorio partícipe de nada relacionado con la elaboración de estos documentos. La hoja de ruta también considera una convocatoria especial a la ADITIK y al Foro Tribal Afrocostarricense, y el desarrollo de material informativo referente únicamente a la zonificación de dicho plan regulador. Fue notoria la exclusión en esta hoja de ruta de los demás habitantes de la zona, como lo es la totalidad del territorio indígena y otros propietarios que no son parte del Foro Tribal.


Imagen de la hoja de ruta presentada durante la reunión del 10 de enero con representantes de la Municipalidad

Por su parte, la ADITIK le entregó a la Presidenta del Concejo Municipal Yahaira Mora dos cartas. La primera de ellas establece las condiciones necesarias para realizar una consulta indígena culturalmente apropiada. Dentro de los requisitos mínimos que la Municipalidad debe observar, se les indica que se debe involucrar al Concejo Directivo de Instancia Territorial del territorio y consultar a la totalidad de sus habitantes. Adicionalmente, se solicita que se implemente el procedimiento establecido en el Mecanismo General de Consulta a Pueblos Indígenas oficializado por el Poder Ejecutivo mediante decreto ejecutivo número 40932-MP-MJP, con el fin de garantizar la salud del proceso y se les aclara que hasta tanto no se involucren a todas las partes necesarias, no se estará recibiendo ningún tipo de información técnica para su revisión de fondo. Los estudios necesarios y las características de los mismos deberán ser definidas en el marco del proceso de consulta, costeados por la parte interesada y presentados a la comunidad mediante la realización de reuniones en el territorio.


La posición de la ADITIK fue muy clara: “no vamos a aceptar ese documento del PRC, ya que el mismo está anulado, y no hubo participación del territorio en la elaboración de este documento. Para llegar a un acuerdo debe ser por medio de la debida aplicación de la Consulta Indígena” señaló Signia Villanueva, Presidenta de la Asociación. Adicionalmente y en concordancia con lo anterior, en la segunda carta se solicita que se ordene la apertura de un procedimiento administrativo de nulidad oficiosa sobre los permisos de construcción, concesiones, licencias comerciales y usos de suelo otorgados utilizando el PRC, cuya Audiencia Pública fue anulada por orden de la Sala Constitucional.


A pesar de que a la fecha la ADITIK no ha recibido respuesta a sus solicitudes, terceros relacionados a la Asociación compartieron copia del oficio E-PRC-MT-001-24, el cuál circuló en múltiples chats comunales el 12 de enero del 2023, dos días después de la reunión celebrada con la ADITIK. Dicho oficio es dirigido a las jefaturas y los enlaces técnicos del INVU y el ICT y firmado por el Licenciado Enrique Joseph, en su calidad de funcionario y enlace Municipal del PRC y corresponde al “análisis que la Comisión Técnica para el Otorgamiento de Concesiones y la Comisión Municipal de Plan Regulador de la Municipalidad de Talamanca a realizado a luz de la Resolución N.º 2023-031756”.


Queda claro de la lectura integral del documento la posición de la Municipalidad con respecto a las solicitudes planteadas por la ADITIK. La hoja de ruta presentada en el oficio ya ha sido modificada en comparación con aquella presentada durante la reunión del miércoles 11. No obstante, las solicitudes y observaciones por la ADITIK fueron completamente ignoradas en este nuevo criterio, el cual plantea que se continuará imponiendo un camino alejado de las estructuras y los procesos definidos a lo interno del territorio para la consulta e intentando obligar a los habitantes a conocer un PRC que no fue elaborado en conjunto con los indígenas (a diferencia de lo sucedido con otros grupos sociales) y que no tiene posibilidad real de mejorarse, ya que como bien indicó el Lic. Joseph durante la reunión, únicamente las observaciones que ellos consideren debidamente fundamentadas serán incluidas en el PRC en un Anexo II.


Ante la posición de la Municipalidad, reiteramos las palabras expresadas por la señora Dulcelina Sánchez, Vocal de la ADITIK, quien fue clara en indicarle a los representantes que deben “buscar esa manera de cómo hacer una consulta, no una convocatoria de una reunión, sino una consulta. Si bien es cierto la sala dice que en tres meses hay que terminar, pues la sala también tiene que saber que este es un proyecto grande para nosotros y que debe ser bien consultado. Si nosotros tenemos que defender a nuestro territorio, lo vamos a hacer, ante la Sala o ante quien sea porque esto debe realizarse correctamente.”

Asociación de Desarrollo Integral del Territorio Indígena Bribri de Këkoldi
Covirenas Caribe Sur
Bloqueverde
Ver resoluciones en: