2.9.24

MinSa autorizan niveles de contaminación con Mancozeb en agua potable que sobrepasan 60 veces lo estipulado por la legislación nacional



● El Ministerio de Salud elevó de manera ilegal los Límites Máximos de contaminación en agua para consumo humano ante el derrame del Mancozeb en Barranca.

Mediante el informe MS-DPRSA-USA-1536-2024 el Ministerio de Salud (MINSA) le pasó por encima al Reglamento de Agua Potable legalizando la contaminación con el fungicida Mancozeb hasta 60 veces más de lo permitido para consumo humano.


Esta fue la respuesta del MINSA ante el incidente sucedido el pasado 27 de julio del 2024, cuando un camión cisterna de una empresa privada que transportaba 17.000 litros del fungicida Mancozeb se volcó. Dicho evento sucedió en el límite entre Esparza y San Ramón, a la altura de Cambronero, provocando el derrame en una quebrada que drena en el río Barranca, donde hay tomas de agua que abastecen el sistema del AyA, reportaron diversos medios de comunicación.

Se calcula que unas 90.000 personas de Esparza y Puntarenas se vieron afectadas primero por el corte del servicio, pero después del 30 de julio del 2024, estas personas han sido expuestas a cantidades del fungicida en el agua para consumo humano que el Ministerio de Salud y el AyA sin ningún criterio técnico hicieron que creer a la gente que no representaba ningún peligro en su consumo.

El Ministerio de Salud (MINSA) ha establecido nuevos límites máximos permitidos para estos contaminantes en el agua potable a través del documento MS-DPRSA-1536-2024. Los valores aplicables son 6 microgramos por litro para el ingrediente activo mancozeb y 0.16 microgramos por litro para el subproducto etilentiourea (ETU).

Es decir, por obra y gracia de las autoridades actuales, se realizó una evaluación del riesgo con un criterio técnico insuficiente y científicamente obsoleto y cuestionado por expertos. Esta modificación, supuestamente temporal, permite una contaminación de 6 microgramos por litro, incrementando en 60 veces el Valor Máximo Admisible de estos plaguicidas en el agua para consumo humano. Esto violenta el Reglamento Para La Calidad del Agua Potable N° 38924-S estipula 0.01 micro gramos por litro cómo Valor Máximo Admisible, así como el principio precautorio amparado en la Constitución de la República

Es así como el MINSA y el AyA respetan la legislación nacional en materia de límites máximos permitidos de plaguicidas en el agua potable y han puesto en riesgo a las poblaciones de Esparza y Puntarenas, afectadas por el derrame del fungicida que provoca predisposición tumoral, trastornos psiquiátricos, enfermedad de Parkinson, ataxia, temblores, disfunción tiroidea y ovárica.

El fungicida mancozeb es el plaguicida que reporta mayor volumen de importaciones, cuyo uso principalmente se da en la agroindustria bananera aplicado mediante aplicaciones aéreas. Cabe señalar que las aplicaciones aéreas en las bananeras han aumentado desmedidamente, alcanzando las 60 aplicaciones por año, y exponiendo a las poblaciones aledañas a plantaciones de banano, así como a las personas trabajadoras.

Efectos prenatales

Según el Instituto Regional de Sustancias Tóxicas (IRET) de la Universidad Nacional, el exceso de manganeso (Mn) en etapas tempranas de la vida afecta el neurodesarrollo, la información sobre los efectos del mancozeb, un fungicida que contiene Mn, y su principal metabolito etilentiourea (ETU), en el neurodesarrollo es limitada.

Esta respuesta del MINSA ante el incidente de contaminación en Barranca es de gran preocupación, ya que no solamente pone en riesgo la salud de las comunidades afectadas, sino que también sentaría precedentes de la respuesta institucional ante eventos de tal gravedad. Exigimos a las autoridades nacionales establecer regulaciones que cumplan con el principio precautorio con el fin de garantizar los derechos humanos a la vida, a la salud y al agua en cantidad y calidad adecuada.

Respuesta legal:

Se está preparando por parte de las organizaciones ecologistas una respuesta legal para denunciar ante la Sala Constitucional esta medida del Ministerio de Salud, la cual carece de sustento técnico y legal, y viola principios constitucionales como el principio precautorio, la Ley de Aguas y el Reglamento de Agua Potable.


Bibliografía:

Brühl, C. A., Arias Andres, M., Echeverría-Sáenz, S., Bundschuh, M., Knäbel, A., Mena, F., Petschick, L. L., Ruepert, C., & Stehle, S. (2023). Pesticide use in banana plantations in Costa Rica - A review of environmental and human exposure, effects and potential risks. Environment international, 174, 107877.

La exposición prenatal al mancozeb, exceso de manganeso y neurodesarrollo al año de edad en el estudio Infantes y Salud Ambiental (ISA) Mora AM, Córdoba L, Cano JC, Hernandez-Bonilla D, Pardo L, Schnaas L, Smith DR, Menezes- Filho JA, Mergler D, Lindh CH, Eskenazi B, van Wendel de Joode B. Environ Health Perspect. 2018 May 29;126(5):057007. doi: 10.1289/EHP1955. https://www.isa.una.ac.cr/images/articulos/cientificos/2018_mora_et_al_bayley_traduccion_espanol.pdf